«Contraperitaje»
«Contraperitaje»
Un Contrainforme Pericial es una prueba para impugnar un informe psicológico poco profesional
Tiempo de lectura estimado: 10 minutos
En este artículo vamos a ver la importancia de un contrainforme psicológico para poder impugnar un informe psicológico previo poco profesional.
¿Necesitas impugnar un informe psicosocial?
Si quieres saber con más detalle en qué consiste un informe psicológico pericial, puedes leer un artículo anterior en el que se explica detalladamente:
El contrainforme pericial psicológico es un informe que analiza la validez de las conclusiones de un informe anterior.
Así, se puede observar la falta de validez de las conclusiones de otro informe debido a sus errores mediante un contrainforme pericial que lo determine.
Para ello, en el contrainforme se valora si la metodología y el rigor del informe que quieres impugnar son suficientes para justificar sus conclusiones.
Los informes psicológicos periciales son pruebas que pueden resultar decisivos en diversos procesos judiciales. Así como en los procesos en los que existe un nexo de unión entre el supuesto legal de que se trate y aspectos psicológicos de la persona o grupo de personas evaluadas. Por ello, han de sustentarse en fundamentos científicos que se ajusten al caso concreto objeto de la evaluación.
A pesar del rigor que es necesario en un contrainforme, tanto en el ámbito privado como en el público circulan informes periciales con bajo sustento metodológico y unas conclusiones poco sólidas o que no se ajustan al objeto pericial. Esto último repercute negativamente en las personas inmersas en los procesos judiciales y de ahí la necesidad del Contraperitaje.
El contrainforme psicológico es una crítica o revisión de un informe pericial forense previamente elaborado. Analiza la validez de sus conclusiones mediante el examen de su metodología y búsqueda de datos erróneos o incongruentes. En la contrapericial se pueden indicar los pasos que hubieran sido necesarios para realizar la evaluación y las conclusiones de modo objetivo.
Por ello, puede resultar útil para desvirtuar el informe psicológico pericial previo y poder impugnarlo.
Bajo una perspectiva legal, la práctica del contrainforme psicológico se fundamenta en el principio de contradicción, un aspecto fundamental para el ejercicio del derecho a defensa, conforme al cuál toda persona tiene derecho a confrontar la prueba que se presenta en su contra.
En nuestro ordenamiento jurídico, se recoge la figura del contrainforme pericial de forma explícita en el art. 347 LEC que hace alusión a la «Crítica del dictamen de que se trate por el perito de la parte contraria». Así, queda justificada la realización de los contrainformes siempre que se realicen con los más altos niveles de objetividad.
Sin embargo, la realización de un contrainforme es un tema controvertido dentro de los profesionales de la Psicología.
Para un sector la realización de contraperitajes es un práctica poco ética. Mientras que otros defienden que el contrainforme psicológico garantiza la buena práctica del ejercicio profesional del Perito psicólogo forense, siempre que se ajuste a los principios deontológicos de la Psicología.
Para el Colegio Profesional Oficial un contrainforme supone un análisis técnico de un informe anteriormente elaborado por otro profesional.
Esta nueva intervención debe poseer como característica esencial: una fuerte y contrastada carga científica, técnica y metodológica.
Por ello, el perito psicólogo que realiza un contrainforme psicológico debe ser un profesional muy especializado.
Además, el informe contrapericial nunca debe ser valorativo de las personas evaluadas en el anterior informe ni de los profesionales que lo han realizado (Colegio Oficial de la Psicología de Madrid, 2009).
Si haces click en el siguiente enlace puedes acceder las recomendaciones del COP para la realización de un contrainforme.
En consecuencia, desde el punto de vista deontológico se han de tener en cuenta los siguientes puntos:
¿Es posible realizar un Contrainforme sobre un contrainforme anterior poco profesional?
A continuación te explicamos cómo trabajan el contrainforme nuestros peritos psicólogos.
Bajo una perspectiva legal, la práctica del contrainforme psicológico se fundamenta en el principio de contradicción, un aspecto fundamental para el ejercicio del derecho a defensa, conforme al cuál toda persona tiene derecho a confrontar la prueba que se presenta en su contra.
En nuestro ordenamiento jurídico, se recoge la figura del contrainforme pericial de forma explícita en el art. 347 LEC que hace alusión a la «Crítica del dictamen de que se trate por el perito de la parte contraria». Así, queda justificada la realización de los contrainformes siempre que se realicen con los más altos niveles de objetividad.
Sin embargo, la realización de un contrainforme es un tema controvertido dentro de los profesionales de la Psicología.
Para un sector la realización de contraperitajes es un práctica poco ética. Mientras que otros defienden que el contrainforme psicológico garantiza la buena práctica del ejercicio profesional del Perito psicólogo forense, siempre que se ajuste a los principios deontológicos de la Psicología.
Para el Colegio Profesional Oficial un contrainforme supone un análisis técnico de un informe anteriormente elaborado por otro profesional.
Esta nueva intervención debe poseer como característica esencial: una fuerte y contrastada carga científica, técnica y metodológica.
Por ello, el perito psicólogo que realiza un contrainforme psicológico debe ser un profesional muy especializado.
Además, el informe contrapericial nunca debe ser valorativo de las personas evaluadas en el anterior informe ni de los profesionales que lo han realizado (Colegio Oficial de la Psicología de Madrid, 2009).
Si haces click en el siguiente enlace puedes acceder las recomendaciones del COP para la realización de un contrainforme.
En consecuencia, desde el punto de vista deontológico se han de tener en cuenta los siguientes puntos:
¿Es posible realizar un Contrainforme sobre un contrainforme anterior poco profesional?
A continuación te explicamos cómo trabajan el contrainforme nuestros peritos psicólogos.
Realizar un contraperitaje requiere un dominio elevado de la pericial psicológica y convicción al defender el contrainforme en juicio.
Los contrainformes psicológicos de los colaboradores de Psicología Forense Madrid han resultado decisivos a la hora de fundamentar un recurso y obtener una sentencia favorable:
El Psicólogo forense Pedro José Horcajo, Doctor en Psicología, fue el primero en enseñar Metodología del contrainforme psicológico pericial en el Máster en Psicología Clínica, Legal y Forense.
A continuación, te ofrecemos la presentación de una de sus clases en el Máster:
Módulo teórico-práctico de metodología del informe psicológico pericial
Máster en Psicología Clínica, Legal y Forense (Universidad Complutense de Madrid)
Contenidos:
1.Conceptualización y definición.
2. Ética y deontología.
3. Estructura.
4. Aspectos a valorar metodológicamente.
(Sesión práctica en Congreso de Psicología. Control pericia psicológica: contrainforme, informe contradictorio, queja deontológica y denuncia mala praxis).
«Metodología empleada o Metodología» Debe ser así para que el operador jurídico (juez o abogado, entre otros) lo identifique rápidamente.
Ejemplos:
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